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? SITUACIÓN COVID FITERO
14 positivos confirmados.
El Ayuntamiento de Fitero, una vez más, hace una llamada a la responsabilidad, dado que hemos duplicado el número de positivos en las últimas 24 horas y las autoridades sanitarias advierten que esta cifra aumentará en los próximos días.

? APLICACIÓN DE NUEVAS RESTRICCIONES EN NAVARRA
❌ Se limita el horario máximo de cierre de toda la hostelería y el ocio nocturno a la 1 de la madrugada. Este cierre afecta a en concreto, desde la 1:00 hasta las 06:00 horas, la actividad de comercio, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como establecimientos en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración, de sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, cuartos y similares.
❌ Se prohíbe de nuevo en la hostelería el consumo en barra.
❌ Las agrupaciones de mesas, en hostelería, no podrán incluir a más de 10 comensales, garantizando la distancia de seguridad interpersonal de 70 cm entre las mesas.
❌ Podrá permitirse el consumo en mesas que cuenten con taburetes y se encuentren pegadas a la barra.
❌ Se respetará la distancia de 1,5 metros entre las mesas en hostelería y/o mesas con taburetes pegadas a la barra.
❌ Gobierno de Navarra recuerda la vigencia de la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol (tipo “botellón” y similares) en la vía pública, parques y plazas públicas y en otros lugares de tránsito público.
❌ Quedará prohibida la restauración en todos los eventos de carácter cultural, social o deportivos.
❌ Las cabalgatas y las carreras San Silvestre deberán ser objeto de informe preceptivo por parte del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra siempre y cuando superen las 500 personas en el interior y las 1.000 en el exterior.
❌ El Ejecutivo Foral extiende la obligación de presentar el pasaporte Covid para poder entrar a bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, restaurantes, alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares, gimnasios, instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas. Se excluyen de este requisito de control de acceso a los locales que dispongan espacios y terrazas al aire libre de dichos establecimientos. Esta obligatoriedad no afecta a los bares.

??? NOTA: Las restricciones entrarán en vigor cuando reciban el aval de Tribunal Superior de Justicia de Navarra y sea publicado en el Boletín Oficial de Navarra. ???

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